18 de septiembre de 2017
OBLIGATORIEDAD DE LLEVANZA DE LOS CUADERNOS DE EXPLOTACIÓN
Los contratos homologados de limón y pomelo con destino fresco e industria son el instrumento oficial que garantiza el cumplimiento de la Ley 12/2013 de medidas de mejora de la Cadena Alimentaria.
Uno de los aspectos importantes de estos contratos es la cláusula relativa a la información de trazabilidad, tratamientos fitosanitarios, certificaciones, cuadernos de explotación… En concreto:
El Contrato tipo indica que el vendedor debe poner a disposición del comprador la documentación del cuaderno de campo (obligatoria su llevanza conforme al Reglamento UE 1107/2009) en el momento de la firma del contrato, y en todo caso antes del inicio de las entregas de fruta. De esta forma se evitan conflictos y discusiones.
La no entrega del cuaderno de campo es causa constitutiva de rescisión del contrato por incumplimiento contractual del vendedor.
Se recuerda la OBLIGACIÓN de los productores de llevar el registro de los tratamientos fitosanitarios a través del cuaderno de campo o de explotación.
Esta obligación viene recogida en la siguiente normativa europea y nacional:
ARCHIVOS ADJUNTOS:
1.- Nota informativa sobre la obligación legal de llevanza por parte de los productores agrarios del cuaderno de campo y sobre su contenido.
2.- Modelo de Cuaderno de explotación
SEPT 2017 Nota AILIMPO Obligatoriedad Cuaderno de Campo 141031_MODELO_DE_CUADERNO_DE_EXPLOTACIOÃÅN_tcm7-309481